La autoridad puede iniciar cobranza mediante cartas invitación y requerimientos antes de pasar al cobro forzoso. Muchos contribuyentes las ignoran por parecer informales, pero conviene revisarlas con cuidado.
Del aviso al acto de cobro
Si no se atiende, el procedimiento puede avanzar hacia el cobro coactivo: requerimiento de pago y, en su caso, embargo de cuentas o bienes. Antes de llegar ahí, puede existir una ventana legal para aclarar, corregir o impugnar.
Respóndela con estrategia
Antes de pagar o ignorarla, conviene revisar si el cobro es legal y está bien calculado. A veces basta una aclaración; otras, procede impugnar mediante recurso de revocación o juicio de nulidad.
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